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Tren de Aragua: Tribunal Oral en lo penal de Ovalle dicta veredicto condenatorio por asociación criminal, secuestro y robo.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó hoy –martes 14 de octubre– veredicto condenatorio en contra de ocho acusados, miembros del denominado “Tren de Aragua”, en calidad de autores de los delitos consumados de secuestro extorsivo y asociación criminal. Ilícitos perpetrados entre septiembre y octubre de 2023, en la localidad de Pichidangui y las comunas de Ovalle y Valparaíso.

En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rubén Bustos (presidente), Luis Casas López y Zoila Terán Arévalo (redactora)– dictó, además, veredicto condenatorio en contra dos de los acusados como autores del delito de robo con intimidación.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que, en horas de la tarde del 25 de septiembre de 2023, dos de los imputados llegaron hasta la localidad de Pichidangui, comuna de Los Vilos, abordo de un vehículo con placa patente robada, lugar que era vigilado por un tercero.

En el sitio, intimidaron y amenazaron con armas de fuego a la víctima –previamente vigilada–, a su pareja y otras dos personas, a quienes robaron sus celulares. Posteriormente, trasladaron a la víctima en el vehículo hasta el ingreso norte de la localidad y luego, en otro automóvil, hasta una cabaña en Punitaqui, comuna de Ovalle, donde lo mantuvieron cautivo y, luego de dos días, lo cambiaron a una vivienda en Valparaíso. La víctima, fue liberada el 8 de octubre del 2023 en la comuna de Quillota, tras recibir los plagiadores el pago de $31.000.000.

Durante los días que la víctima permaneció en cautiverio, los ocho acusados ejecutaron labores de vigilancia, traslado, custodia, arriendo de inmuebles y apoyo logístico. Asimismo, un sujeto que sería líder del grupo delictual “Tren de Aragua” fue el encargado de coordinar e instruir a los cabecillas de la banda.

Para el tribunal: “Los hechos antes descritos fueron acreditados por la prueba de cargo, en tanto la víctima dio un testimonio detallado, concreto y consistente de lo que le ocurrió, las circunstancias en las cuales fue sacado sin su voluntad del lugar en que encontraba con su esposa e hijo y con dos trabajadores. Describe los lugares a que fue trasladado, la forma de proceder de sus captores y finalmente de su liberación tras el pago de una suma de dinero que fuera exigido para ello. Este relato y sus pormenores se ve sustentado y complementado con el resto de la prueba de cargo”.

“Además, la prueba antes anotada, los reconocimientos y los otros medios probatorios entre los que destacan la testimonial de los funcionarios policiales, los peritajes, las imágenes exhibidas y audios reproducidos dan cuenta de las identidades de los acusados por los cuales se verificó este juicio y de la participación de cada uno entre ellos en los hechos. Quienes en su proceder actuaron insertos en un grupo organizado del Tren de Aragua en el cual había distribución de funciones, tanto en lo jerárquico como en lo ejecutivo, y el cual tenía por finalidad la comisión de delitos según se ahondará en la sentencia”, consigna la resolución.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Terán Arévalo– quedó programada para las 12:00 horas del próximo jueves 30 de octubre.

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