{"id":9793,"date":"2023-07-26T14:56:13","date_gmt":"2023-07-26T14:56:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiolimari.cl\/?p=9793"},"modified":"2023-07-26T14:56:14","modified_gmt":"2023-07-26T14:56:14","slug":"seremi-del-trabajo-destaca-proyecto-de-ley-de-conciliacion-de-la-vida-laboral-familiar-y-personal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiolimari.cl\/?p=9793","title":{"rendered":"Seremi del Trabajo destaca proyecto de ley de conciliaci\u00f3n de la vida laboral, familiar y personal"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-9794\" srcset=\"https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3-768x512.jpg 768w, https:\/\/www.radiolimari.cl\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/170723-PDL-Conciliacioin_3.jpg 1200w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>La iniciativa, que fue ingresada por el Senado y se espera un pronto inicio de la tramitaci\u00f3n legislativa, incorpora el derecho a jornadas de trabajo h\u00edbridas -presencial y telem\u00e1tica- para personas que realicen labores de cuidado a menores de doce a\u00f1os, y a personas con dependencia severa o moderada.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como una buena noticia para los trabajadores y trabajadoras del pa\u00eds catalog\u00f3 la Seremi del Trabajo en la regi\u00f3n de Coquimbo, Claudia Santander, la presentaci\u00f3n e inicio de la tramitaci\u00f3n legislativa del proyecto de ley de conciliaci\u00f3n de la vida laboral, familiar y personal.<\/p>\n\n\n\n<p>La ministra del Trabajo Jeanette Jara inform\u00f3 que el proyecto ya fue ingresado en el Congreso Nacional, por lo que se espera un pronto inicio de la tramitaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Trabajo y Previsi\u00f3n Social del Senado: \u201cEste proyecto de ley que se ingresa al Congreso Nacional para su r\u00e1pida discusi\u00f3n, lo que busca es poder permitir el teletrabajo y el trabajo h\u00edbrido con seguridad laboral, desde los espacios que est\u00e1n muchas veces ubicados en las mismas casas de las trabajadoras, pero que hoy d\u00eda va a tener, adem\u00e1s, una supervigilancia por parte de las instituciones fiscalizadoras, a fin de disminuir los riesgos psicolaborales, particularmente, y de proveerle los insumos que requieran para el ejercicio de su labor\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe se\u00f1alar que, en septiembre del a\u00f1o pasado, el Ministerio del Trabajo y Previsi\u00f3n Social impuls\u00f3 la creaci\u00f3n de una mesa t\u00e9cnica con el objeto de que organizaciones de la sociedad civil, acad\u00e9micos y representantes del sector privado y p\u00fablico, pudieran presentar propuestas sobre la materia. Posteriormente, el Presidente Gabriel Boric ratific\u00f3 el compromiso del Gobierno con esta iniciativa en su \u00faltima Cuenta P\u00fablica realizada en el mes de junio de este a\u00f1o.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En la regi\u00f3n de Coquimbo la Seremi del Trabajo, Claudia Santander, valor\u00f3 de forma positiva el proyecto de ley propuesto y dijo que \u201ces una gran noticia para los trabajadores y trabajadoras, esto demuestra que vamos en la l\u00ednea del compromiso que ha asumido el Gobierno de avanzar hacia el Trabajo Decente. En este sentido esta iniciativa hace \u00e9nfasis en conciliar la vida laboral con la familiar y que se suma a lo ya alcanzado con la reducci\u00f3n de jornada laboral a 40 horas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs importante tambi\u00e9n reconocer la labor de cuidados que generalmente recae en las mujeres y que dificulta el ingreso al mundo del trabajo acrecentando las brechas que existen en esta materia. La propuesta impulsada desde el Ministerio del Trabajo favorece a quienes cumplen esta funci\u00f3n en sus hogares permitiendo compartir una jornada de trabajo que les permita adem\u00e1s obtener ingresos formales que les permita acceder a seguridad social\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El subsecretario Boccardo coment\u00f3 que \u201ccomo Gobierno y Ministerio del Trabajo y Previsi\u00f3n Social, destacamos el Di\u00e1logo Social que ha impulsado este proyecto de ley que modifica el C\u00f3digo del Trabajo en materia de conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral; con el compromiso de extender a las y los trabajadores la Sala Cuna para Chile; y con proyectos piloto para avanzar en el reconocimiento del trabajo de cuidados en determinadas poblaciones de mujeres y personas cuidadoras. Sin duda, es un paso m\u00e1s para consolidar la agenda del trabajo decente y generar condiciones m\u00e1s favorables para la igualdad de g\u00e9nero en el mercado laboral, en particular para las mujeres de Chile\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En el marco del incentivo de la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, el proyecto se suma a la ley que reduce de forma gradual la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales que, en el mismo sentido, contempla bandas horarias de ingreso diferido y d\u00edas de feriado adicional compensados para utilizar libremente.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto de ley incorpora el derecho a jornadas h\u00edbridas para las y los trabajadores que desempe\u00f1an labores de cuidado con los siguientes requisitos:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Quienes tienen el cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Quienes tengan a su cargo el cuidado de una persona en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas que realicen las labores de cuidado descritos en los requisitos anteriormente se\u00f1alados, no deben percibir remuneraciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Acreditaci\u00f3n de labores de cuidado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto establece las modalidades de acreditaci\u00f3n de las labores de cuidado para menores de 12 a\u00f1os o personas con dependencia severa o moderada.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuidado personal de un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os: Mediante certificado de nacimiento que acredite la filiaci\u00f3n respecto de un ni\u00f1o o ni\u00f1a o bien la resoluci\u00f3n judicial de un tribunal que otorga el cuidado personal.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Cuidado de una persona en situaci\u00f3n de dependencia severa o moderada: Documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, seg\u00fan la informaci\u00f3n contenida en el Registro Social de Hogares, o el instrumento que lo reemplace, que d\u00e9 cuenta de la calidad de cuidador o cuidadora principal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Derecho a jornada h\u00edbrida<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto incorpora el derecho a jornada h\u00edbrida establecido para las y los trabajadores mencionados anteriormente, que permite que todo o parte de la jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones lo permita.<\/p>\n\n\n\n<p>Si la relaci\u00f3n laboral se encuentra vigente, la o el trabajador deber\u00e1 presentar por escrito alg\u00fan medio de acreditaci\u00f3n en relaci\u00f3n a los casos que procede, debiendo el empleador dar respuesta fundada dentro del plazo de 30 d\u00edas. Si no acepta la combinaci\u00f3n propuesta, est\u00e1 obligado a presentar otra alternativa al trabajador. Si existe incumplimiento o negativa del empleador, se podr\u00e1 reclamar ante la Inspecci\u00f3n del Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto a ello, las y los trabajadores deber\u00e1n presentar por escrito al empleador la propuesta de combinaci\u00f3n de jornadas, conforme a sus necesidades. Si luego del pacto la persona trabajadora quiere realizar una modificaci\u00f3n, debe dar aviso por escrito al empleador con una anticipaci\u00f3n de 30 d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, las partes pueden distribuir libremente el tiempo de trabajo en los horarios que mejor se adapten a las necesidades de la persona trabajadora, respetando los l\u00edmites de jornada diaria, semanal y el respectivo derecho a la desconexi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el empleador debe identificar y evaluar las condiciones ambientales y ergon\u00f3micas de trabajo seg\u00fan las caracter\u00edsticas del puesto y del lugar, los equipos, herramientas y materiales que se requieran para desarrollar la modalidad y evaluar especialmente los riesgos psicosociales, (como por ejemplo el estr\u00e9s laboral) que pudieran afectar a las o los trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que se haya realizado el pacto en una relaci\u00f3n laboral vigente, la o el trabajador podr\u00e1 volver a las condiciones originalmente pactadas en el contrato, notificando por escrito al empleador su decisi\u00f3n con una anticipaci\u00f3n de 30 d\u00edas como regla general. Si no es posible ese plazo por caso fortuito o fuerza mayor, se deber\u00e1 informar al empleador dentro de las 48 horas siguientes desde que se tuvo conocimiento del motivo que hace retornar a las condiciones originalmente pactadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Con todo, las combinaciones de jornada en ning\u00fan caso tendr\u00e1n como efecto la disminuci\u00f3n de la remuneraci\u00f3n de la persona trabajadora.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La iniciativa, que fue ingresada por el Senado y se espera un pronto inicio de la tramitaci\u00f3n legislativa, incorpora el derecho a jornadas de trabajo h\u00edbridas -presencial y telem\u00e1tica- para personas que realicen labores de cuidado a menores de doce a\u00f1os, y a personas con dependencia severa o moderada. 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